La Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres

LÉENOS

Primer año de la sentencia Causa Justa

El país se acostumbró a ver mujeres portando pañuelos verdes y a escuchar que interrumpir voluntariamente el embarazo es un derecho. No fue así para nuestras madres y menos para nuestras abuelas, que tuvieron dificultades incluso para controlar su fecundidad. Hace un año, el 21 de febrero de 2022, la Corte Constitucional tomó una decisión histórica que debilitó enormemente el delito de aborto y concedió más libertad a las mujeres. Una reflexión sobre el cambio legal más importante para las mujeres colombianas en los últimos 50 años.

¿Qué pasó el 21 de febrero de 2022 y por qué es importante?

Habían pasado más de 520 días desde que el movimiento Causa Justa radicó su demanda en la Corte Constitucional, en la que pedía que se eliminara el delito de aborto del Código Penal.

En noviembre del 2021 alcanzamos a pensar que la decisión estaba próxima a tomarse. El plazo que tenía la Corte para decidir se cumplió, pero se terminó el año sin tener una respuesta; impedimentos, conjueces y recusaciones aparecieron en el panorama. La espera era intolerable: cada día manteniendo el delito condenaba a las mujeres, como a Lorena Gelis Palomino, una mujer de 37 años de edad que falleció en Barranquilla, en enero de 2022, luego de realizarse un aborto inseguro.

Arrancó el 2022 y volvimos a las calles a reclamar una decisión que reconociera la capacidad de las mujeres para tomar decisiones sobre su cuerpo, su reproducción y su vida. En enero, sin perder la esperanza, recibimos a la Corte con un hermoso concierto. Todos los días que el tema estuvo en la agenda del Alto Tribunal, volvimos a las calles a exigir una pronta decisión y a revitalizar una conversación pública que creíamos no podía caer en el silencio.

El 21 de febrero, cerca de las once de la mañana, fuimos llegando a la carrera 12, entre calles séptima y octava, en el centro de Bogotá, frente a la Corte Constitucional, a seguir la discusión que sucedía adentro, se daba a puerta cerrada pero sabíamos que las y los magistrados sabían de nuestra presencia. Conforme el día fue pasando corría con más fuerza el rumor de que habría una decisión de fondo, la espera tenía sus picos de ansiedad, cansancio y alegría por las personas que iban llegando motivadas por lo que parecía ser inevitable. Cerca de las 5:00 p.m. la noticia que tanto esperábamos llegó: la Corte despenalizó el aborto hasta la semana 24, de manera que las mujeres, hombres trans y personas no binarias podrían interrumpir un embarazo de acuerdo con sus propias razones y su conciencia, después de este plazo, seguirían aplicándose las causales despenalizadas desde el 2006 con sus respectivos requisitos. Los abrazos no se hicieron esperar, tampoco las lágrimas y por supuesto la alegría, la que predominó esa noche, el grito repetido de “¡Causa Justa!” y “¡Es legal, el aborto en Colombia es legal!” acompañaron ese momento de dicha.

La sentencia C-055 de 2022, conocida como la sentencia Causa Justa, modificó el modelo de acceso al aborto en el país, dejándonos con el plazo más garantista en nuestra región latinoamericana y caribeña para que las mujeres puedan ejercer su derecho, a lo que hay que agregar que la aplicación de las causales no tiene límite a la edad gestacional, todo lo que se sustenta tanto en la capacidad moral de las mujeres como en las barreras de acceso al servicio de salud. La Corte debatió sobre las transformaciones que ha vivido nuestra Constitución y como un mayor reconocimiento de los derechos de las mujeres también debe reflejarse en su derecho al aborto.

Además de esto, es innegable que Causa Justa propuso un cambio de paradigma al liderar en Colombia y en el continente una crítica al uso del derecho penal para abordar un asunto que, como el aborto, corresponde al campo de la salud y de los derechos humanos. A la par de esta conversación pública soportada en más de 90 argumentos, construidos colectivamente y con rigurosidad por las organizaciones que conforman el movimiento, los que se pusieron a disposición de distintas audiencias, hay que destacar el ejemplo que significa Causa Justa en términos de movilización social para Colombia: de manera pacífica, estratégica y creativa, Causa Justa ha sostenido un trabajo constante y coordinado bajo el objetivo de eliminar el delito de aborto del Código Penal. Para ello siguió una estrategia que permitió construir un movimiento con presencia en al menos 20 departamentos del país. Valga decir que la defensa de la libertad de decidir de las mujeres logró como nunca antes aglutinar al movimiento de mujeres y feminista colombiano.

Los cambios del primer año

La sentencia nos hizo más libres y saldó, así sea parcialmente, la deuda frente al reconocimiento de la ciudadanía de las mujeres, indudablemente es una ampliación de nuestra democracia y un aporte a la eliminación de normas que discriminan en razón del género, por lo tanto, contribuye a la búsqueda de la igualdad y la justicia.

Las claridades dadas por la Corte sobre los alcances de este derecho, su interpretación, y la forma como debe prestarse la atención en salud de la IVE generan un marco en el que no cabe ninguna excusa para interponer barreras de acceso, dilatar o negar la atención. De modo que uno de los cambios más relevantes en este primer año de implementación de la sentencia Causa Justa tiene que ver con su aplicación en el sector salud.

En la Resolución 051 de 2023, recientemente expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social, se expresan de manera comprensible para todos los actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud, los estándares que deben cumplirse en aras a brindar una atención integral en salud frente a la IVE, con calidad, dignidad y respeto. Lo anterior acogiendo la orden que en la sentencia SU-096 de 2018 la misma Corte le había dado a este Ministerio, así como la orden de la C-055 de 2022 en cuanto a la formulación de una política pública integral en materia de salud sexual y reproductiva, frente a lo que debe destacarse el decidido compromiso del actual Gobierno nacional.

Estos cambios se expresan en la vida de las mujeres, lo que a su vez es beneficioso para el sistema de salud. Es de esperar que con este marco regulatorio, las mujeres, hombres trans y personas no binarias se sientan con mayor confianza para acudir a su EPS y solicitar una IVE, esto es, que no teman ser acusadas, denunciadas o criminalizadas, así como tampoco cuestionadas sobre el porqué de sus decisiones; igualmente, es de esperar que los prestadores interesados en brindar atención de la IVE se sientan más seguros y respaldados institucionalmente.

Aunque es difícil medir la transformación de la opinión pública en torno al aborto, es posible percibir una mayor disposición social, en especial por parte de las mujeres, a hablar sobre el tema, buscar información y expresar públicamente su respaldo a este derecho. De esto habla la participación en marchas, plantones y otras expresiones de movilización social lideradas por Causa Justa, así como la cobertura por parte de los medios de comunicación, que durante este primer año han seguido informando a la ciudadanía sobre las implicaciones de este derecho.

El derecho de las mujeres a interrumpir un embarazo es un asunto relevante para la opinión pública, la que se ha cualificado y comprometido con los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres. No quiere decir esto que no exista oposición, no obstante, hay que recordar la solidez de la sentencia Causa Justa dentro del ordenamiento jurídico colombiano y el trabajo constante del movimiento con defender lo ganado, en lo que ciertamente hay cada vez más aliados y aliadas. 

AÚN HAY BARRERAS

La Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres presentó un balance de los 100 primeros días de implementación de la sentencia Causa Justa, en el que se daba cuenta de la persistencia de barreras de acceso.

En este se evidenció que la desinformación era una barrera subyacente a las otras, afectando tanto a quienes necesitan la atención como a quienes la brindan. Vale la pena señalar que la desinformación sobre la vigencia y obligatoriedad de la sentencia perjudican gravemente el acceso a la IVE. En uno de los casos documentados por La Mesa, un profesional de la salud argumentó la negación del servicio en que supuestamente “esa ley la van a tumbar”.

Este tipo de conductas, arbitrarias y amañadas, deberían hacernos reflexionar sobre las consecuencias en la vida y salud de las mujeres de caer en la manipulación informativa. Por lo mismo, es fundamental que desde las instituciones públicas y desde la sociedad civil continúen los procesos informativos y formativos sobre la sentencia y el derecho, dicho de otra manera, facilitar la toma informada de decisiones.

Entre las otras barreras persistía el desconocimiento del marco normativo, expresado en tratos desobligantes e irrespetuosos con las mujeres; la interpretación restrictiva de ese marco, asumiendo que faltaba una regulación para su entrada en vigencia, y las fallas en el sistema de salud, por ejemplo, por no tener rutas para la atención, disponibilidad del servicio o profesionales entrenados para prestarlo. Todas situaciones injustificadas y ya evidenciadas en el modelo de causales, lo que debería despertar mayor vigilancia de las autoridades sanitarias y la imposición de sanciones cuando proceda y sea necesario.

LO QUE SIGUE

Sin desfallecer en la que es la razón de ser de Causa Justa, entiéndase la eliminación del delito de aborto del Código Penal, el movimiento ha enfocado sus esfuerzos en la implementación de la sentencia, para que en el sistema de salud se generen todas las adecuaciones necesarias para que la atención esté disponible en todos los lugares del país; en la protección legal y política del fallo, considerando las actuaciones que buscan afectarla; en la despenalización social como una apuesta por continuar la transformación cultural que supone reconocer la capacidad moral de las mujeres y la legitimidad de sus decisiones; y en el fortalecimiento del movimiento, en tanto encontramos valioso continuar creciendo, estrechando relaciones y trabajando por aquello que nos une.

El seguimiento a la implementación y la identificación de barreras de acceso fueron determinantes en el proceso seguido con la sentencia C-355 de 2006. Esto tanto para introducir recomendaciones frente a la implementación como para formular la crítica al modelo de causales y la necesidad de movernos en una dirección que permitiera mayores garantías para las mujeres.

En este sentido, la vigilancia permanente, el acompañamiento a las mujeres en distintos territorios del país, la participación en espacios de formulación de política pública, el diálogo con las autoridades, la continuidad del movimiento y la generación de conocimiento son indispensables para generar y evaluar permanentemente las estrategias que conduzcan a que, como es nuestro deseo, todas las niñas, jóvenes y mujeres puedan decidir en libertad sobre su reproducción.

Aclaración: *Una versión reducida de este artículo fue publicada para una columna de El Espectador. Link

Artículo escrito por: Juliana Martínez Londoño/Secretaria Técnica del Movimiento Causa Justa

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