En una era donde el entorno digital condiciona el ejercicio de la ciudadanía y el acceso a la salud, la defensa de los derechos humanos ha trascendido las fronteras físicas para instalarse en internet. Hoy en día, las tecnologías de la información no son solo un servicio, sino una herramienta indispensable para acceder a información segura sobre el aborto y ejercer plenamente la libertad reproductiva.
Según datos del Banco Mundial, la presencia de la población global en el entorno digital llegó al 74% en 2025[1], evidenciando una creciente dependencia hacia los medios digitales utilizados de manera cotidiana para llevar a cabo todo tipo de actividades.
Frente a esto, la Asamblea General de las Naciones Unidas ha establecido un principio clave: los derechos que se tienen fuera del internet deben protegerse y garantizarse también online, incluyendo la privacidad[2].
En este sentido, el Relator Especial sobre el derecho a la salud, en su informe “Innovación digital, tecnologías y derecho a la salud”[3], analiza cómo estas herramientas pueden mejorar o restringir la disponibilidad y accesibilidad de servicios, exigiendo salvaguardas de derechos humanos en su diseño, implementación y gobernanza. En este punto, la tecnología deja de ser un servicio y se convierte en una herramienta para la garantía de la autonomía, puesa través del internet es posible acceder a información sobre derechos sexuales y reproductivos, como el aborto.
Marco de la 59° Sesión de la Comisión de Población y el Desarrollo de la ONU
En este marco[4] (CPD59), uno de los principales espacios internacionales donde se disputan narrativas y prioridades globales sobre población, salud, igualdad y derechos, que este año se centrará en:“Población, tecnología e investigación en el contexto del desarrollo sostenible”[5], nos proponemos analizar cómo la conectividad y la innovación pueden contribuir a garantizar el acceso universal a servicios e información de salud sexual y reproductiva (ODS 3.7), así como al ejercicio de derechos sexuales y reproductivos (ODS 5.6).
Esto, debido a que hoy las tecnologías digitales an como herramientas de potencial materialización que permiten abogar, defender y ejercer los derechos humanos de formas que antes eran geográficamente imposibles.
En ese sentido, la intersección entre las tecnologías digitales y derechos sexuales y reproductivos (DSR) representa uno de los campos más fértiles y transformadores para el activismo feminista contemporáneo en América Latina.
Sin embargo, lejos de ser un territorio neutral, el espacio digital se ha convertido en un escenario donde convergen y se reconfiguran nuevas y viejas formas de opresión. Cabe mencionar, por ejemplo, que la brecha digital, entendida como la exclusión en acceso, uso y calidad del internet en América Latina, afecta de manera desproporcionada a las mujeres, especialmente a aquellas en contextos de pobreza y ruralidad (en 2023 la Unión Internacional de Telecomunicaciones de la ONU -UIT- informó que la cantidad de mujeres sin acceso a internet en todo el mundo es 17% mayor que la cantidad de hombres[6]).
Entorno digital como un espacio complementario para el desarrollo de la identidad, el cuerpo y el goce.
La Mesa se ha propuesto ocuparlo priorizando la creación de contenidos que permitan que la información sobre los derechos sexuales y reproductivos –particularmente sobre el aborto y la libertad reproductiva – lleguen a las niñas, adolescentes y mujeres que frecuentan y participan en estas plataformas.
Sin embargo, una de las barreras más críticas y difíciles de contrarrestar es la desinformación, que opera como una estrategia política coordinada para estigmatizar la autonomía reproductiva. Por un lado, la censura arbitraria del contenido sobre salud reproductiva es ejercida por las grandes empresas de tecnología que clasifican frecuentemente la información sobre aborto seguro como «contenido adulto» o «promoción de servicios para adultos», limitando el alcance o eliminando publicaciones educativas mientras favorecen la difusión de desinformación.
Frente a esto, activistas han reportado que mientras el algoritmo bloquea imágenes de lactancia materna, permite la circulación de discursos de odio o imágenes violentas. Además, éstas operan bajo reglas diseñadas para el Norte Global, que al aplicarse en Latinoamérica, impiden que se establezcan diálogos activos con las oficinas de estas empresas y carecen de una aplicación clara sobre el control de contenidos. De igual manera, ignoran el marco normativo vigente en cada país sobre el acceso al aborto y terminan censurando arbitrariamente, al favorecer criterios sexistas, androcéntricos en su algoritmo.
Por otro lado, se encuentran los grupos anti-derechos con campañas de desprestigio que suelen estar financiadas por redes transnacionales, igualmente con núcleo en el Norte Global, que buscan influir en las políticas locales de América Latina a través del entorno digital, para:
- propagar narrativas falsas que generan miedo y estigmas. Por ejemplo, es común la equiparación del aborto con el «asesinato» o el «genocidio», o la utilización del término vacío de «ideología de género» para deslegitimar avances legales.
- Proliferar sitios que fingen ofrecer servicios de aborto para atraer a mujeres vulnerables, solo para imponerles barreras, darles información falsa y forzar su consentimiento para continuar con el embarazo.
- Usar identidades/perfiles falsos para atacar de manera coordinada publicaciones de organizaciones, saturando los espacios de diálogo con mensajes violentos y desinformativos que incluyen doxing (difusión de información privada de acompañantes y médicos/as para incitar al hostigamiento, o outing (exposición de la identidad de género u orientación sexual de activistas para generar riesgos en contextos represivos).

Además, la violencia digital no es un fenómeno aislado, sino una extensión de las violencias machistas históricas que buscan silenciar a las mujeres y disidencias en los espacios públicos. Esto genera autocensura y, en muchos casos, su retiro de las plataformas digitales, lo cual debilita la democracia y la representación de las causas feministas en el debate público.
Ahora bien, en muchos países de la región aún no existen normas específicas contra la violencia digital, lo que ha llevado a encasillar estos actos en tipos penales obsoletos que no responden a la naturaleza de las tecnologías actuales. En ese contexto, tanto organizaciones como mujeres nos enfrentamos a un aparato estatal que muchas veces carece de la sensibilidad y el conocimiento técnico necesario para abordar la intersección entre tecnología y derechos reproductivos.
Es por eso que, en el ascenso de regímenes autoritarios, las redes sociales son utilizadas para el perfilamiento y persecución de activistas, de la mano de lleyes antiterroristas o de ciberdelincuencia manipuladas para obtener información personal sin autorización, poniendo en riesgo la confidencialidad de los procesos de acompañamiento y acceso al aborto.
Es por esto que el acompañamiento a las mujeres en el acceso a la información sobre sus derechos reproductivos en la era digital no puede seguir siendo una labor de alto riesgo, sino que debe ser un ejercicio protegido y garantizado de acuerdo a los marcos legales vigentes, como la Sentencia Causa Justa (C-055 de 2022) donde la Corte Constitucional de Colombia despenalizó el aborto hasta la semana 24 de gestación y mantuvo después de este plazo el acceso mediante causales[7].
Las barreras identificadas no son fallos técnicos, sino obstáculos políticos diseñados e intencionados para mantener el control sobre los cuerpos y las decisiones de las mujeres. Actualmente, es crucial proponernos crear o identificar espacios de oportunidad de incidencia y veeduría para garantizar que la tecnología sea una herramienta de equidad y no de vigilancia, y es aquí cuando recae la importancia de la CPD del año en curso.
En este espacio podemos articularnos a través de una acción colectiva, interseccional y técnicamente sólida, para contribuir a la creación de estándares internacionales que garanticen que en la era de la inteligencia artificial, el derecho al aborto y la autonomía corporal – que en muchos países ya se ha reconocido y en otros está en proceso gracias al avance de movimientos de mujeres y feministas – sean realidades inalienables para todas las personas también dentro del entorno digital. Por eso, convocamos a Estados, agencias del Sistema ONU, plataformas tecnológicas, academia y sociedad civil a construir un compromiso concreto en la CPD59 para que asuman su responsabilidad en la creación de un entorno digital seguro, inclusivo y libre de censura, donde la autonomía reproductiva sea el eje central y no una excepción censurada, avanzando en los en ODS 3 y 5. La labor de organizaciones feministas y de mujeres seguirá siendo el faro que guíe estas transformaciones, exigiendo que en la era de la inteligencia artificial y el big data, los derechos humanos sigan siendo la prioridad absoluta.
[1] International Telecommunication Union. (2025, septiembre). Connecting humanity action blueprint: Advancing sustainable, affordable and innovative solutions. ITU Publications. https://www.itu.int/dms_pub/itu-s/opb/gen/s-gen-invest.con-2025-pdf-e.p
[2] Asamblea General de las Naciones Unidas. (2013, 18 de diciembre). El derecho a la privacidad en la era digital (A/RES/68/167). Naciones Unidas. https://digitallibrary.un.org/nanna/record/764407/files/A_RES_68_167-ES.pdf
[3] Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. (2023, 21 de abril). Innovación digital, tecnologías y el derecho a la salud (A/HRC/53/65). Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OHCHR). https://www.ohchr.org/es/documents/thematic-reports/ahrc5365-digital-innovation-technologies-and-right-health
[4] En inglés, Commission on Population and Development. Es una reunión anual en la que gobiernos, agencias de la ONU y organizaciones de la sociedad civil discuten y negocian orientaciones sobre temas de población y desarrollo: por ejemplo, cambios demográficos (envejecimiento, migración, fecundidad), políticas públicas, salud, igualdad de género y el uso de datos y evidencia para tomar decisiones
[5] En la práctica, esto significa que la CPD59 pone el foco en cómo la tecnología y la investigación (por ejemplo, conectividad, datos, innovación, inteligencia artificial, sistemas de información) pueden ayudar —o a veces afectar— la manera en que los países enfrentan desafíos demográficos y avanzan en el desarrollo sostenible.
[6] International Telecommunication Union. (2023, noviembre 27). Facts and figures 2023: Measuring digital development. ITU. https://www.itu.int/es/mediacentre/Pages/PR-2023-11-27-facts-and-figures-measuring-digital-development.aspx
[7] La Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres. (2022). Sentencia C-055 de 2022. https://derechoalaborto.com/conoce-las-sentencias/sentencia-c-055-de-2022/
Artículo escrito por:
Sofía Rosero Benavides